Elecciones a la UIT

La Conferencia de Plenipotenciarios (PP-18), que se celebrará en Dubai, elegirá al equipo directivo de la UIT para los próximos cuatro años.

A diferencia de otros organismos de las Naciones Unidas, que cuentan con un único jefe electo, la Conferencia de Plenipotenciarios de la UIT escoge a cinco altos funcionarios: el Secretario General, el Vicesecretario General y los Directores de las Oficinas de los tres Sectores: Oficina de Radiocomunicaciones (BR), la Oficina de Normalización de las Telecomunicaciones (TSB) y la Oficina de Desarrollo de las Telecomunicaciones (BDT).

En virtud de las normas estipuladas en la Constitución de la UIT, los funcionarios electos pueden ocupar cualquier cargo de elección durante un máximo de dos mandatos cuatrienales. No existe restricción alguna que impida que las personas que ya hayan cumplido un mandato en un cargo de elección se presenten candidatas a otro cargo de elección distinto.

A fin de aumentar la transparencia de las campañas, el plazo de presentación de candidaturas para los cinco puestos concluirá 28 días antes de la conferencia, es decir, el lunes 1 de octubre de 2018 a las 23.59 (hora de Ginebra). El proceso electoral comenzará el jueves 1 de noviembre, con la elección del Secretario General.

Candidatos a los cargos de funcionario de elección 

La lista completa de los candidatos a los cargos de elección puede consultarse en aquí.  Las biografías y entrevistas de todos los candidatos están disponibles aquí.

Otras elecciones

Los participantes de la Conferencia de Plenipotenciarios 2018 elegirán asimismo a los miembros de la Junta del Reglamento de Radiocomunicaciones y a los Estados Miembros que integrarán el próximo Consejo de la UIT.

El Consejo de la UIT está compuesto por 48 Estados Miembros y actúa como órgano rector de la Unión en el intervalo cuatrienal comprendido entre dos Conferencias de Plenipotenciarios. El Consejo se reúne anualmente en Ginebra, incluso en los años en que se celebra una Conferencia de Plenipotenciarios.

El Consejo lleva a cabo una supervisión constante de las actividades, políticas y estrategias de la Unión, gestiona los Grupos de Trabajo sobre temas específicos creados por las Conferencias de Plenipotenciarios o por el propio Consejo, y elabora los Planes Estratégico y Financiero de la UIT para su presentación a la Conferencia de Plenipotenciarios. 

Cada una de las cinco regiones administrativas de la UIT tiene derecho a ocupar un número determinado de escaños del Consejo, a saber: • Región A – LAs Américas (9 escaños) • Región B – Europa occidental (8 escaños) • Región C – Europa oriental y Norte de Asia (5 escaños) • Región D – África (13 escaños) • Región E – Asia y Australasia (13 escaños)

El número de miembros del Consejo equivale al 25% del total de Estados Miembros de la UIT, y el número de escaños por región se asigna en función del total de Estados Miembros de la UIT procedente de cada una de las cinco regiones. En la Conferencia de Plenipotenciarios de 2010 se acordó incrementar el número de miembros del Consejo de 46 a 48, a fin de reflejar el aumento de miembros de la UIT (actualmente, la Unión cuenta 193 Estados Miembros).

No existe restricción alguna que limite ni el número de países que puede presentar una candidatura al Consejo de la UIT, ni el número de mandatos que puede cumplir un país en el Consejo de la Unión. Los países que más mandatos han cumplido en el Consejo desde 1947 (fecha en que la Conferencia de Plenipotenciarios celebrada en Atlantic City creó oficialmente el Consejo de la UIT) son: Brasil, China, Francia, Italia, Japón, la Federación de Rusia, Suiza y Estados Unidos.

La Junta del Reglamento de Radiocomunicaciones (RRB) es un órgano no permanente constituido por 12 miembros que representan a las cinco regiones de la UIT (Américas, Europa Occidental, Europa Oriental y Asia septentrional, África, y Asia y Australasia).

La RRB se encarga de aprobar las Reglas de Procedimiento con arreglo al Reglamento de Radiocomunicaciones, incluidas las relacionadas con la asignación y el uso de las frecuencias radioeléctricas y la utilización de las órbitas de satélites. Además, asesora a las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones y las Asambleas de Radiocomunicaciones.

Derecho de voto

Únicamente los Estados Miembros que sean partes en la Constitución y el Convenio de la UIT y no hayan incurrido en demora en sus pagos a la Unión tendrán derecho de voto.

Además, los Estados Miembros han de tener sus “credenciales” en orden. Las credenciales son los documentos que confieren plenos poderes al representante del Estado Miembro ante la PP-14 para votar y firmar las Actas Finales de la Conferencia. Las credenciales de las delegaciones de los Estados Miembros deben estar firmadas por el Jefe del Estado, el Jefe del Gobierno o el Ministro de Asuntos Exteriores.

Proceso de votación de los funcionarios de elección

Las elecciones al cargo de funcionario de elección de la UIT se efectúan mediante votación secreta. En general, las elecciones se celebran en tres fases: en la primera fase, la elección del Secretario General; en la segunda, la del Vicesecretario General; y en la tercera, la de los Directores de las Oficinas de los tres Sectores. Si sólo se presentara un candidato al cargo de Secretario General o de Vicesecretario General, las elecciones tendrían lugar en dos fases: en la primera fase, la elección del Secretario General y del Vicesecretario General y, en la segunda, la de los tres Directores. Las elecciones de los tres Directores se llevan a cabo de forma simultánea.

Los candidatos deben obtener la mayoría necesaria para ser elegidos. De conformidad con las Reglas de Procedimiento de la UIT, se entiende por mayoría más de la mitad de las delegaciones presentes y con derecho de voto. Los votos nulos y en blanco no se toman en consideración para el cómputo de la mayoría. Se consideran válidos los votos que contienen únicamente la marca necesaria para indicar la elección del candidato, es decir, los que sólo tienen marcado el recuadro pertinente.

Si ningún candidato obtiene la mayoría necesaria en la primera votación, se celebrarán una o, de ser necesario, dos votaciones adicionales una vez transcurridos intervalos sucesivos de al menos seis horas desde que se dieron a conocer los resultados, a menos que la Conferencia disponga lo contrario.

 Si ningún candidato obtiene la mayoría necesaria en la tercera votación, se procederá, una vez transcurrido un intervalo de al menos doce horas (a menos que la Conferencia disponga lo contrario), a una cuarta votación en la que se elegirá a uno de los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la tercera votación.

Si ambos candidatos empatan en la cuarta votación, se elegirá al candidato de mayor edad.

Fecha de toma de posesión del cargo

El Secretario General, el Vicesecretario General y los Directores de las Oficinas toman posesión de sus cargos en las fechas que determine la Conferencia de Plenipotenciarios en el momento de su elección, y permanecen en funciones hasta la fecha que determine la siguiente Conferencia. Cabe esperar que el nuevo equipo directivo de la UIT asuma sus funciones el 1 de enero de 2015, a menos que la Conferencia disponga lo contrario. En virtud de la normativa vigente, los funcionarios electos sólo son reelegibles una vez para el mismo cargo.

Proceso de votación de los miembros de la RRB

La elección de los Miembros de la Junta del Reglamento de Radiocomunicaciones se suele llevar a cabo mediante una única ronda de votaciones, en la que se elige a los candidatos en función del siguiente principio de distribución regional de escaños: las regiones A, B y C cuentan con dos escaños cada una, y las regiones D y E con tres. El número de escaños de la Junta (12) equivale al 6% del total de Estados Miembros de la UIT, y el número de escaños por región se asigna con arreglo al total de Estados Miembros de la UIT procedente de cada región.

Los cargos se elegirán en una única votación y por mayoría relativa, es decir, que quienes obtengan el mayor número de votos dentro de los límites del total de escaños disponible para cada región serán elegidos para el periodo comprendido entre 2019 y 2022, ambos inclusive.

Si se produce un empate entre varios candidatos de la misma región administrativa y el número de candidatos empatados supera al de escaños disponibles para la región en cuestión, se procederá a una votación especial una vez transcurrido un intervalo de al menos seis horas desde que se dieron a conocer los resultados (a no ser que la Conferencia disponga lo contrario). Dicha votación especial concernirá únicamente a los candidatos empatados.

Si la votación especial resulta en empate, el Presidente elegirá al candidato de mayor edad.

Proceso de votación de los Miembros del Consejo de la UIT

En general, la elección de los miembros del Consejo se lleva a cabo mediante una única ronda de votaciones. Los países que obtengan el mayor número de votos para cada asignación regional (es decir, los ocho países más votados de Europa, los 13 países más votados de África y así sucesivamente) serán elegidos para el periodo comprendido entre 2019 y 2022, ambos inclusive.

Si se produce un empate entre varios candidatos a los escaños de una determinada región, se procederá a una segunda ronda de votaciones (votación especial) en la que sólo participarán los países empatados, una vez transcurrido un intervalo de al menos seis horas desde que tuvo lugar la primera votación (a no ser que la Conferencia disponga lo contrario). Si la segunda ronda de votaciones resulta en empate, el Presidente de la PP-18 realizará un sorteo para determinar el o los Estados Miembros electos.

Para más información:

https://www.itu.int/web/pp-18/en/page/111-election-rules